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Aparecer en uno de los Ficheros de Morosidad, causa grandes perjuicios a los particulares ya que se cierran puertas de acceso a prestamos, portabilidades, etc... Por ese mismo motivo, debemos limitar el Tratamiento que las empresas hacen de nuestros Datos, Limitando el uso que hacen de ellos.

Mientras el uso de nuestros datos personales no este Limitado, la empresa poseedora puede hacer con ellos, casi lo que quiera, es decir, las empresas consideran que tienen Carta Blanca con los datos personales obtenidos.

La existencia de este nuevo Derecho, no es obvice para que el mismo necesite un desarrollo por parte del Gobierno Español,de tal forma, que se acoten varias cuestiones que actualmente no están concluidas, como es el tema de los plazos aplicables a cada uno de los supuestos, donde existe un plazo amplio que debe ser reducido para beneficiar al ciudadano y que las empresas no puedan alegar la existencia de lagunas judiciales.

Conseguir el ejercicio de este Derecho NO es fácil, ya que las empresas alegan la falta de regulación especifica para intentar no atender este Nuevo Derecho. Hay que conocer muy bien la relación y el uso que cada empresa hace de los datos obtenidos, y eso, es una tarea ardua y pesada que acaba con la paciencia de las personas más calmadas.

Para ello debe determinarse el alcance e impacto de este Derecho en relación con los tratamientos que se llevan a cabo por parte del responsable del Tratamiento, sea empresa privada o pública, y aclarar definitivamente como dar cumplimiento a aquellos tratamientos que se legitiman dentro de una obligación legal o contractual.

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