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El Derecho al Honor, la intimidad personal y familiar y a la propia imagen es un Derecho Fundamental recogido en la Constitución, que no puede ser vulnerado bajo ningún concepto.  La defensa de este derecho suele incluir cuantiosas multas, como se suele ver en la televisión.

El Derecho al Honor, tan proclamado por los famosos en la Televisión, es propiedad de cada una de las personas y no puede ser vulnerado por nada ni por nadie, excepto en casos muy determinados en que prevalece el Derecho a la Información frente al Derecho al Honor.

Este Derecho está recogido en la Constitución Española como un Derecho Fundamental y no puede renunciarse ni cederse, ya que es personal e intransferible. Cada vez hay una mayor jurisprudencia sobre él, aunque el ejercicio de su defensa es arduo y costoso.

Ejercer el Derecho al Honor es una tarea complicada donde el más leve fallo le imposibilita conseguir el objetivo final que es borrar o cancelar sus datos de los Ficheros de Morosos o de cualquier otro Fichero Nacional.

Cada vez hay un mayor conocimiento de la existencia de este Derecho, que no es nuevo, pero sigue costando que los ciudadanos particulares ejerciten el Derecho frente a la, cada vez mayor, vulneraciòn de los datos incluidos en los Ficheros y que consiguen que no podamos acceder a casi ningún servicio.

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