Salvavidas a morosos

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A partir de ahora, las personas naturales podrán acudir a la figura de la insolvencia, tal como lo hacen las empresas cuando se ven en dificultades para cumplir las obligaciones con sus acreedores.

A partir de ahora, las personas naturales podrán acudir a la figura de la insolvencia, tal como lo hacen las empresas cuando se ven en dificultades para cumplir las obligaciones con sus acreedores.

Se trata del derecho a la insolvencia o salvavidas para morosos que quedó incluido dentro del nuevo Código General del Proceso, recientemente sancionado por el presidente Juan Manuel Santos. "Es un derecho tan poderoso como la tutela", dice Simón Gaviria, representante a la Cámara y autor de la iniciativa.

Como la idea no es fomentar la cultura del no pago, solo se podrán acoger a esta figura quienes incumplan dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por más de 90 días; o cursen en su contra dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva...

Tiene derecho a consultar sus derechos pulsando el boton del derecho a ejercer en la imagen inferior.